¿Cuándo puedo reclamar por daños y perjuicios?
Cuando alguien te causó un daño y hay una relación entre lo que hizo (o dejó de hacer) y lo que te pasó. El Código Civil y Comercial establece el deber de no dañar a otro y la obligación de reparar el daño causado.
Se reclaman los gastos, lo que dejaste de ganar, la incapacidad física o psicológica y el daño moral. Si el daño vino de un choque, de un atropello o de un accidente en moto, la página que te corresponde es accidentes de tránsito.
¿Cómo sé si fue mala praxis?
No todo mal resultado es mala praxis. La hay cuando el profesional o la institución no actuaron como correspondía según las reglas de la medicina. Un diagnóstico tardío, una cirugía mal hecha, una infección intrahospitalaria o no informarte los riesgos de un tratamiento pueden serlo.
Pueden responder el médico, la clínica u hospital y, según el caso, la obra social o la prepaga. El primer paso es pedir la historia clínica completa, que el centro de salud está obligado a entregarte. Con ella se evalúa, con apoyo de un médico, si hay base para reclamar.
Me caí en la vereda o en un comercio, ¿quién responde?
Depende de dónde y por qué te caíste. Por una vereda rota, una tapa levantada o un pozo sin señalizar pueden responder el municipio, la empresa de servicios dueña de la tapa o el frentista.
Si fue dentro de un supermercado, un local o un shopping, el comercio tiene un deber de seguridad hacia sus clientes. Sacá fotos del lugar en el momento, pedí datos de testigos y guardá la constancia de atención médica.
¿Y los daños por obras, vecinos o filtraciones?
También se reclaman. Humedad que viene de la unidad de arriba, rajaduras por una obra lindera o molestias que superan la normal tolerancia entre vecinos permiten exigir que se repare el origen del problema y que se indemnicen los daños.
Lo habitual es empezar con una carta documento y una constatación del daño, por ejemplo con un acta notarial o un informe técnico. Si no hay respuesta, se avanza con la mediación prejudicial.
¿Qué pasa si el daño me lo causó una empresa?
Si fue un producto defectuoso, un servicio mal prestado o un trato abusivo, se aplica la Ley de Defensa del Consumidor. Esa ley te protege especialmente, porque hace responder a toda la cadena de comercialización y prevé, en casos graves, una multa adicional llamada daño punitivo.
Antes del juicio podés hacer la denuncia ante la oficina de defensa del consumidor de tu municipio. Te ayudamos a decidir si conviene esa vía, la judicial o las dos.
Cómo trabajamos
1. En la consulta analizamos si el daño es reclamable y contra quién.
2. Pedimos la historia clínica, fotos, testigos, presupuestos o informes técnicos, según el caso.
3. Enviamos una carta documento al responsable o a su seguro.
4. Antes de demandar pasamos por la mediación prejudicial, que en la Provincia es obligatoria.
5. Sin acuerdo, demandamos ante los juzgados civiles del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, con las pericias que hagan falta.
¿Cuánto cuesta la consulta?
La consulta se agenda online desde el botón “Agendá tu consulta”. Elegís si la querés presencial en nuestra oficina de Banfield o virtual (por Zoom o por WhatsApp), y después el día y el horario. El valor de la consulta te aparece al reservar y el turno queda confirmado cuando se acredita el pago.
El reclamo de daños lo trabajamos con honorarios a resultado. Y tené en cuenta que el plazo, en general, es de tres años desde el hecho.
Dónde te acompañamos
Atendemos a trabajadores y familias de Banfield, Lomas de Zamora, Adrogué, Temperley, Avellaneda, Lanús, Quilmes, Almirante Brown, Berazategui y toda la Zona Sur del Gran Buenos Aires, además de La Plata y CABA. La consulta puede ser presencial en nuestras oficinas de Banfield o virtual por videollamada, según te quede más cómodo.
Preguntas frecuentes
Puede que sí. Según el caso responden el municipio, una empresa de servicios o el frentista. Sacá fotos del lugar y guardá la constancia de atención médica.
Hay que analizar la historia clínica, en general con la opinión de un médico. No todo mal resultado es mala praxis, pero un diagnóstico tardío o una mala técnica pueden serlo.
Intimalo por carta documento y dejá constancia del daño. Si no lo soluciona, podés reclamar que repare el origen y que te indemnice.
El plazo general es de tres años desde el hecho. Hay casos con plazos distintos, así que conviene consultar pronto.
Es la afectación espiritual que te provocó el hecho, como la angustia, el dolor o los cambios en tu vida diaria. Se reclama junto con los daños económicos.